
Una de las banderas de los defensores de la lucha contra la mal llamada “piratería de Internet” es el “ánimo de lucro” de aquellos que “trafican” con contenidos ajeno sin permiso. Cuando las sentencias dictan que la copia de uso privado no era delito, por lo que es completamente legal, dijeron que no importa si hay “ánimo de lucro” o no: traficar con material ajeno sin consentimiento expreso debe ser delito.
Por otra parte, la custodia y el uso de datos personales de los clientes lleva años en tela de juicio. Las empresas a las que facilitamos nuestros datos para que, a) puedan proporcionarnos servicios, y b) puedan cobrar por ellos, debían pedir nuestro permiso para poder usar esos datos para fines no demasiado claros, pero que siempre terminaban con nosotros recibiendo molestas llamadas a horas intempestivas.
Y digo “debían” porque ya no tendrán por qué hacerlo, ya que el Tribunal Supremo de España ha dicho que las empresas pueden usar vender nuestros datos personales a terceros, y todo ello sin pedirnos permiso para nada.












