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Sentencia

El Tribunal Supremo legaliza el uso de datos personales sin consentimiento (y con ánimo de lucro)

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Cañón militar

Una de las banderas de los defensores de la lucha contra la mal llamada “piratería de Internet” es el “ánimo de lucro” de aquellos que “trafican” con contenidos ajeno sin permiso. Cuando las sentencias dictan que la copia de uso privado no era delito, por lo que es completamente legal, dijeron que no importa si hay “ánimo de lucro” o no: traficar con material ajeno sin consentimiento expreso debe ser delito.

Por otra parte, la custodia y el uso de datos personales de los clientes lleva años en tela de juicio. Las empresas a las que facilitamos nuestros datos para que, a) puedan proporcionarnos servicios, y b) puedan cobrar por ellos, debían pedir nuestro permiso para poder usar esos datos para fines no demasiado claros, pero que siempre terminaban con nosotros recibiendo molestas llamadas a horas intempestivas.

Y digo “debían” porque ya no tendrán por qué hacerlo, ya que el Tribunal Supremo de España ha dicho que las empresas pueden usar vender nuestros datos personales a terceros, y todo ello sin pedirnos permiso para nada.

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El juez determina que las patentes sobre la "web interactiva" no son válidas

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El caso del “troll de las patentes” Eolas Tech, con Michael Doyle a la cabeza han sido objeto de debate en toda la Red. Patentar el uso interactivo de Internet, era una idea absurda, aunque teniendo en cuenta los entresijos del sistema de patentes americano, nadie podía asegurar que esta demanda no tuviera éxito. Pero después de todo, la razón ha triunfado esta vez.

El juez que llevaba el caso ha desestimado la demanda al considerar las patentes de Eolas como no válidas. Tim Berners-Lee, que ha estado en este caso desde el principio como miembro del 3W y defensor de la Web, mostró su alegría en Twitter:

Un jurado de Texas está de acuerdo en que la patente 906 de Eolas no es válida. Una buena cosa también!

Un portavoz de Google, que estaba siguiendo el proceso atentamente y con una postura claramente en contra de Eolas, también expresó su satisfacción por la sentencia.

Nos alegramos de que el jurado encontrara las patentes no válidas, y reafirma nuestra posición de que sus reclamaciones no tienen razón de ser.

Ha sido un proceso rápido, aunque de enorme repercusión. Sin embargo este caso como muchos otros deberían dar un toque de atención a las autoridades estadounidenses en cuanto al uso indiscriminado de patentes tecnológicas para sacar el dinero a las empresas que de verdad se ganan la vida con ello. Con un buen equipo de abogados y el suficiente dinero, cualquiera puede patentar un concepto o una idea abstracta, que tal vez en unos años se convierta en realidad. Y en ese momento, surgen estos trolls para sacar el dinero a las empresas que realmente han gastado mucho en investigación y desarrollo.

Vía | Ars Technica
En Nación Red | Una empresa reclama una compensación por el uso interactivo de Internet que afirma que patentó hace años
Foto | Steven Polunsky

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Un tribunal holandés multa a dos Operadoras por no bloquear el acceso a The Pirate Bay

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El lobby holandés anti-piratería BREIN lleva años presionando para conseguir el bloqueo de The Pirate Bay por parte de las operadoras de telecomunicaciones. Hace ya más de un año consiguió que un tribunal de Amsterdam aprobase la prohibición, aunque nunca se ha podido ejecutar debidamente la sentencia ya que la IP se encuentra en otro país.

Hoy un tribunal de la Haya, a petición del mismo lobby, ha condenado con sendas multas económicas a Ziggo y XS4ALL, dos operadoras que no se han plegado al bloqueo. Las dos ISP deberán impedir el acceso a la página en un plazo máximo de 10 días, a partir del cual se enfrentarán a una multa de 10.000 euros al día.

“Este tribunal ha probado que el 30% de usuarios de Ziggo y el 4,5% de los de XS4ALL han intercambiado archivos a través de Pirate Bay” – Sentencia dictada por el Tribunal Holandés.

A juzgar por la decisión del tribunal; los jueces de éste caso han estado dispuestos a aceptar todo argumento esgrimido por Brein como simplemente un hecho. Ya que se usan las mismas tesis de los abogados del lobby en el mismo texto del fallo:

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Reporteros Sin Fronteras insta a la ONU a que interceda por el bloguero Maikel Nabil

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Reporteros Sin Fronteras envió el lunes una carta a Gabriela Knaul, la Relatora Especial de Naciones Unidas de la Independencia de Jueces y Abogados, instándola a que interceda con rapidez en el caso de Maikel Nabil Sanad, el bloguero egipcio detenido desde el 28 de marzo de 2011 y condenado a dos años de cárcel por criticar al Ejército que dirige (a palos) la “transición ordenada”.

La carta de RSF detalla las irregularidades del proceso sufrido por el bloguero que ha terminado con una condena de dos años de cárcel. La ONG insta a la Relatora Especial a intervenir en nombre de Maikel Nabil haciendo una visita a Egipto en la que condene el uso de los juicios militares para asuntos que atañen a la libertad de expresión. Reporteros Sin Fronteras le recuerda a la funcionaria de la ONU que:

El bloguero ha sido objeto de juicios injustos, de violación de los principios básicos de la independencia del poder judicial, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que Egipto ha firmado y ratificado.

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Isamu Kaneko, otro creador de software P2P absuelto

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Isamu Kaneko

De forma parecida al caso de Pablo Soto se ha resuelto recientemente en Japón el juicio contra Isamu Kaneko, creador de Winny, que es la aplicación de intercambio de archivos más exitosa del país del sol naciente. La desarrolló allá por el lejano año 2003 basándose en FreeNet y ya entonces dos de sus usuarios fueron detenidos por infracción de copyright a causa de los agujeros del sistema, que no garantizaba el anonimato de forma suficiente. Al año siguiente fue detenido el creador del software.

Y desde 2004, un sinvivir en la casa de Isamu Kaneko. Las detenciones, las sentencias y los recursos se fueron sucediendo, y Kaneko recibió el apoyo popular desde el primer momento, cuando en sólo 24 horas se recaudaron en la red unos 80.000 euros para su defensa. En 2006 al programador le fue impuesta una sanción por una cuantía equivalente a unos 15.000 euros por atentar contra los derechos de copia, él recurrió y en 2009 obtuvo la absolución, que también fue recurrida a su vez por los lobistas, y el caso fue subiendo de grado en la escala judicial hasta llegar al Tribunal Supremo de Japón.

Igual que sucedió con Soto, el caso de Kaneko se resolvió hace unos días por la vía de la lógica, y es que según los magistrados que han absuelto definitivamente al programador, que a sus 41 primaveras ha pasado un 17 % de su vida pendiente de abogados y jueces, corroborando que el software no fue concebido para infringir ley alguna, sino que pone a disposición de los usuarios de internet una herramienta que sirve para intercambiar archivos, y lo que haga cada uno con su herramienta… es cosa suya, pero no del programador.

Vía | Torrent Freak
En Nación Red | Derrota histórica de las multinacionales discográficas y del lobby del copyright: Pablo Soto, absuelto

Apple consigue que la justicia de EE.UU. vete teléfonos de HTC por violación de patentes

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Apple ha obtenido una victoria judicial en Estados Unidos contra HTC en la guerra internacional de patentes que mantiene contra varias empresas del sector tecnológico. La Comisión Internacional del Comercio (ITC) ha fallado a favor de los de Cupertino considerando que la compañía con sede en Taiwán violó patentes en agunos de sus teléfonos equipados con el sistema operativo Android. Concretamente, HTC viola una patente relacionada con la posibilidad de llamar a un contacto desde un SMS o un e-mail.

La consecuencia directa es que HTC no podrá vender los dispositivos que hagan uso de las patentes determinadas a partir del 19 de abril del 2012, a menos que modifique los terminales de manera que no violen las patentes en cuestión. No obstante, los taiwaneses sí podrán distribuir teléfonos que violen patentes para sustituir los que sean defectuosos. HTC ya ha anunciado que retirará del mercado aquellos gadgets que no sean legales según la sentencia.

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La marca iPad puede costarle 1.175 millones de euros a Apple en China

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iPad

Apple no tiene derecho sobre la marca iPad en China, según ha sentenciado un tribunal del sur del país asiático, ya que allí “iPad” está registrado desde el año 2000 por una compañía que tiene sede en Hong Kong y que opera en la zona. Bien, operar no es exactamente la palabra si tenemos en cuenta que Proview Technology, que así se llama la firma propietaria de los derechos, se halla al borde de la bancarrota.

Proview Technology registró la marca iPad en varios países asiáticos mucho antes de que Apple sacara su popular tablet al mercado. Hace un par de años, la multinacional de la manzana recuperó los derechos a golpe de talonario, y la broma les salió por unos 40.000 euros. ¿Qué pasó? Que Proview Technology vendió los derechos de la marca pero se reservó la explotación de la denominación iPad con fines comerciales en territorio chino.

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Loz juzgados australianos levantan el veto al Galaxy Tab 10.1: varapalo a Apple en la guerra de patentes

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Samsung ha logrado una importante victoria en la guerra de patentes que mantiene contra Apple. En Australia, los coreanos han conseguido que el juzgado levante de forma temporal la prohibición de vender su tablet Galaxy Tab 10.1, a la espera de escuchar una última apelación por parte de Apple. El gadget de Samsung tenía prohibida la venta desde agosto de este año.

Como la vida comercial del Galaxy Tab 10.1 se estima en 12 meses, el juzgado ha considerado que no levantar el veto de venta “tendría el efecto de matar” el dispositivo en Australia y “otorgar a Apple la victoria completa en sus reivindicaciones”. Sin embargo, Samsung no podría vender de forma inmediata su gadget, sino que tendrá que esperar hasta el viernes a las 4 de la tarde (hora australiana), momento hasta el cual Apple puede apelar para revocar la decisión del juzgado australiano.

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El juzgado archiva la demanda de Apple contra una empresa valenciana a la que acusó de copiar el iPad

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El titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Quart de Poblet (Valencia) ha dictado sentencia de sobreseimiento sobre la demanda que interpuso Apple contra NT-K, una empresa valenciana que fabrica tablets equipados con Android, entre otros productos. No obstante, todavía cabe recurso. Según los de Cupertino, el diseño del gadget de NT-K era una copia de su famoso iPad y, en su momento, consiguieron bloquear las ventas y retener los dispositivos en las aduanas de Valencia.

Sin embargo, el juez considera que Apple no tiene motivo alguno para demandar a NT-K y, por lo tanto, ha dictado el sobreseimiento del caso. El hecho de que se detuvieran las ventas de los tablets de la compañía valenciana les ha repercutido económicamente, razón por la cual NT-K ha decidido demandar a Apple por “daños emergentes, lucro cesante y daños morales”. Además, los de Valencia ya habían interpuesto una demanda el pasado agosto por “abuso de posición de dominio”.

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Google no es responsable de los contenidos insultantes de la Red

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El Tribunal Supremo de Alemania ha dictaminado que los proveedores de blogs y el buscador Google no tienen ninguna responsabilidad por los posibles contenidos que pudiera albergar la Red. Sin embargo, si algún afectado lo solicita, deben examinarlos y eliminarlos si procede.

Según la sentencia, los proveedores no tienen que analizar si todos los contenidos que albergan son legales o no, a menos que exista una denuncia o una queja con fundamento. En ese caso sí podrían actuar contra esos contenidos.

Se ha determinado además, que los tribunales alemanes tienen competencias en esta materia aunque el proveedor se encuentre en otro país.

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