
La SGAE vuelve a perder en los juzgados. La Audiencia Provincial de Barcelona ha eximido de pagar el canon digital que la SGAE reclamaba a otra tienda de Informática y ha venido a reforzar lo obvio: que no se podía aplicar indiscriminadamente el canon digital como se aplicó, ya desde el principio, en España. La Justicia viene a ratificar la sentencia PADAWAN: los profesionales, las empresas y la administración están exentos del pago del canon en aplicación de la Directiva 2001/29/CE (norma comunitaria) que prevalece sobre la Ley de Propiedad Intelectual española.
Al respecto desde la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y Nuevas Tecnologias (APEMIT) se ha celebrado la sentencia (pdf) y se ha destacado especialmente que lo que la hace muy importante es que los profesionales, al igual que empresas y administraciones públicas quedan, per se, fuera del cobro del canon, desde antes, incluso, de la entrada en vigor de la directiva europea. Si se pagó, no tocaba. Si se cobró, no tocaba. Toca devolver, se entiende.












