Lo que la Ley Sinde-Wert esconde

8 comentarios

Wert

Tras el fragor del viernes pasado, en que primaron las reacciones y comentarios, críticas y la indignación creciente por la aprobación del reglamento que desarrolla la Disposición Final Segunda de la Ley de Economía Sostenible, toca reflexionar. Se ha llamado a la rebelión, al desacato, a la desobediencia civil y al boicot, pero es importante saber por qué, no vaya a ser que las ramas no nos dejen ver el árbol (y mucho menos el bosque).

Precisamente esto es lo que ha pasado con la Ley Sinde, ahora Wert. Los grupos de presión de la industria de contenidos se han cuidado muy bien de hablar de “piratas, delincuentes, ganapanes e incluso terroristas“ y demás, asegurando a los cuatro vientos que dicha ley está destinada a combatir “la piratería cultural en Internet”. Han arrimado el ascua a su sardina, y les ha salido bien… o eso creen.

Los defensores de la ley, que incluyen además de la industria y algunos autores y creadores (no todos, gracias a los dioses) y algún que otro sociólogo, focalizan en que nosotros, los que vemos ésto como un peligro, debemos justificar las descargas de peliculas y música y explicar “si ésto no es robar, qué es”, y que nos dejemos de historias con la “libertad de expresión”.

Vamos, que nos dicen que estamos justificando ver cine, series y escuchar música de gratis basándonos en las “libertades de expresión e información”. Pues hablemos de libertad de expresión e información, porque la cosa va más allá de los derechos de autor.

No hay que ser muy rebuscado. Simplemente con escribir cualquier artículo banal e ilustrarlo con una foto (por ejemplo una receta de cocina), dar información sobre cómo ver en Internet un evento que se emite en abierto por televisión... Cuando hagamos esto, estaremos incurriendo en infracción de copyright, y alguien que no conocemos ni conoceremos, puede denunciarnos.

“Oh, es que esto de hacer un blog de recetas de cocina no es realmente importante.” Bueno, para usted, aristócrata de la intelectualidad, puede que no, pero recuerde que aquí, al menos de momento, cualquiera tiene derecho a decir lo que le plazca, a menos que atente contra la libertad de un tercero. Y además, ¿quien decide qué es importante y qué no? ¿Usted? Se equivoca.

Cualquier página de recetas de cocina medianamente trabajada seguramente tenga más lectores y audiencia semanal que la mayoría de escritores, músicos y películas patrios. Si basamos la importancia y la relevancia en la audiencia, más de uno de esos aristócratas debería quedarse en su casa y no salir en mucho tiempo.

Cada uno ejerce su libertad personal para decidir que es importante en cada momento. Con la nueva comisión, se puede dar el caso que alguien considere, bajo su estricto criterio, que tal o cual web “no es adecuada” para nosotros.

Pero hablemos, de todos modos, de “cosas serias e importantes”. Periódicos y medios de prensa también pueden caer en el saco de la Ley Sinde-Wert. Escribir usando material de documentación, publicar una noticia sobre tal o cual empresa y escribir su nombre o ilustrar la noticia con su logotipo, puede incurrir en delito de infracción de copyright y llevar al cierre del medio en cuestión. “Oiga, ¿pero no existe el derecho de cita?” A partir del 1 de Marzo, puede que si, o puede que no. Dependerá del estado de ánimo del ‘titular de derechos’.

Es más, los que defienden la nueva ley-basura también pueden caer en sus redes sin saberlo. Usando otros artículos para citarlos, parafrasear fragmentos de cualquier novela, artículo o recorte de prensa o simplemente enlazarlo, por no decir “copiar literalmente” uno de esos fragmentos. Escriban una reseña de un libro e incluyan una imagen de la portada. Si lo que escriben no gusta a la editorial, ésta podrá denunciarles por usar la portada sin consentimiento. Defiendan entonces su ley.

Pero la Ley Sinde-Wert, como decía, afecta a todo aquel que publique algo, sea lo que sea, en Internet. El ‘problema’ (entre comillas muy grandes) es que la mayor parte de usuarios de Internet crean contenido ‘inconscientemente’. Veamos un caso práctico: los trabajadores de una empresa, por ejemplo un hospital infantil, tienen un ámbito laboral muy bien definido y para nada se basa en las nuevas tecnologías de la red.

Pero llegan las fiestas navideñas y deciden hacer un video de felicitación en que aparecen todos bailando al son de cualquier canción. Si, un lip-dub es creación (remezcla) de contenido. Pues a partir del 1 de Marzo, el titular de los derechos de la misma, o cualquier entidad de gestión, puede denunciarles por infracción de copyright por no haber pagado los royalties correspondientes.

Aquí estamos hablando de una felicitación navideña de los trabajadores de una empresa (y si nos ponemos moralistas, un hospital para pobres e indefensos niños, ¿que ya nadie piensa en ellos o qué?), pero también podemos hablar de vídeos caseros que alguien realice con las fotos de sus vacaciones, aderezadas con una canción. Hablamos de grupos, intérpretes musicales o guitarristas amateurs que se graben tocando versiones…

Todo eso es creación de contenido en Internet (amateur, si, pero lo es), y es susceptible de ser delito a partir del 1 de Marzo de 2012. Las opciones que tendremos a partir de ahí pasan por retirar el contenido presuntamente infractor, o someternos a sanciones y castigos que nadie sabe con certeza qué pueden ser, porque no están especificadas. ¿Multas? ¿Cárcel? ¿La retirada de nuestra ración semanal de chocolate? Nadie lo sabe.

Las ramas de la Ley Sinde-Wert dicen que todo está destinado a eliminar la piratería de contenidos de las grandes productoras de contenidos. Pero mientras los grupos de presión agitan esas ramas, muy pocos son capaces de ver el bosque, que es la posibilidad que se cierre cualquier página web que trate de cualquier tema, o las sanciones, aún por determinar, para aquellos que suban vídeos lip-dub felicitando las fiestas a sus amigos.

Y no, no acepto que nadie me llame agorero ni catastrofista. Si hay ejemplos muy claros de casos en que se han apretado las tuercas, y mucho, para cobrar derechos de autor en representaciones benéficas o fiestas populares, ¿dónde está el límite?

Pues el límite está en la imaginación de los titulares de los derechos y de los miembros de la Comisión gubernamental, que pueden denunciarnos a todos, por lo que les apetezca y en cualquier momento, nos bajemos películas o música o no.

En Genbeta | Hablamos con Jesús Encinar, Ricardo Galli, Julio Alonso, David Maeztu, Juan Goméz-Jurado y Enrique Dans sobre la Ley Sinde

En Nación Red | Wert: “España no puede ser la Somalia de la piratería digital” | Del #nolesvotes al #nolescompres [boicot a los defensores de la Ley Sinde]

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Comentarios

  • 1

    interesante

    Avatar de Sci-Fi Rino !

    Hubiera sido gracioso que fuese ahora el estreno de "Mapa de los sonidos de Tokio" y ver a Coixet metida en follones por usar una foto sin permiso para el poster de la película, por ejemplo.

  • 2

    !
    | 1 estrellas

    Si ellos son los primeros en descargarse contenidos... a quien pretenden engañar? seguro que tienen gigas y gigas de porno sadomaso en sus discos duros, todo bajado de LA MULA

  • Respondiendo a #2:
  • 7

    Avatar de Sergio !

    Deberíamos coordinarnos, para demandarlos a ellos, con su propia ley, y dado que harán y argumentarán lo posible para salir airosos, esas misma argumentaciones, las podremos utilizar más tarde para defendernos nosotros de ellos.

  • 3

    Avatar de allvoxman !

    Mmmmmm... no. Vamos a ver, yo estoy en contra de que todo esto se decida sin un juez, pero hay que respetar las normas y para ello es fundamental conocerlas. Lo que dice de la foto de cocina no es cierto, se puede citar una obra (en el caso de las fotos reproducir la foto completa) si el texto al que acompaña es de educación o investigación (culinarias si queremos), incluso aunque exista el famoso ánimo de lucro, siempre, importante, que la foto esté ya publicada y se cite al autor. Otro tanto para lo que dice de los diarios. Los diarios trabajan con el derecho a la información y otras normas que están muy bien estipuladas, aunque alguno se salte a veces alguna de ellas. Lo de las canciones remezcladas, es una obra derivada y tiene reservados ciertos derechos para el autor original. Y con las versiones estamos hablando directamente la obra original, a efectos legales es lo mismo aunque en vez de cantarla Mick Jagger la cante Pepito Pérez. Si hay ánimo de lucro (Youtube lo tiene) es ilegal publicarlo sin permiso. Esa obra no nos pertenece hasta que pasan 75 años de la muerte del autor. Y todo así... ah, y que alguien "del otro bando" se salte las normas no nos da ningún derecho a saltarnoslas nosotros. Se cae en el mismo saco.

  • Respondiendo a #3:
  • 4

    Avatar de Arnau Fuentes !

    Me parece muy bien lo que dices, pero no sirve. Lo del derecho de cita lo sabes tu y lo se yo, pero igual el que hizo la foto de la receta no. Así que cuando la encuentre por ahí, dependerá de el/ella el acudir a la Comisión. Y si acude, el administrador del blog recibirá la nota sin ser preguntado.

    En tanto a los diarios, repito: por el mero hecho de escribir el nombre de la empresa o poner su logotipo (seguramente registrados) da pie a que ésta vaya a la Comisión para obligar a retirar la información publicada.

    En tanto a los vídeos caseros, el propietario de los derechos (que acostumbra a no ser el autor/intérprete si no la discográfica, ver ejemplo del vídeo de Megaupload) puede acudir a la Comisión y denunciar cualquier lip-dub, vídeo-homenaje, promoción de nuevos grupos, etc...

    Eso de la moralina de "caer en el mismo saco" no me sirve. Si alguien hace trampa, el juego queda invalidado.

  • Respondiendo a #4:
  • 5

    Avatar de allvoxman !

    Hombre Arnau, pues si lo que digo yo, que son las normas, no sirve, ya me dirás tú qué sirve. Las sé yo, las sabes tú y las sabrá la comisión, que deberá atenerse a todas las normas y excepciones que estén por encima de ellos, que para eso están. Ahora bien, el bloguero deberá aplicarse el cuento y adaptarse a la norma, incluso anotando de alguna manera por qué es legal lo que hace para evitarse problemas. Si el autor no conoce sus derechos y obligaciones los demás no tenemos la culpa, es la ley y ha de cumplirse. Ahora, que no haya juez en primera instancia es un enorme handicap, como ya he dicho. Habría que analizar por qué hemos llegado a esto, pero eso es otra historia. Y no mezclemos figuras, una cosa son los derechos de autor y otra las marcas, que tienen tratamientos completamente distintos, aunque de ambos se diga que están registrados. Ni moralina ni moralino. Estamos hablando de procedimientos legales. Si alguien, como bien dices, hace trampa, hace trampa. Hay un procedimiento para ello, se aplica y punto. Eso no nos da vía libre para que los demás hagamos lo que nos dé la gana. Un poco de seriedad, por favor, que el tema lo requiere.

  • Respondiendo a #5:
  • 6

    Avatar de Arnau Fuentes !

    El problema con aplicar los "procedimientos legales" para alguien que hace trampa es que, en este caso, se cambian dichos procedimientos a mitad del juego.

    ¿"Es la ley"? Es la ley que se ha hecho ahora. Quizá suene raro, pero en este sentido soy jeffersoniano: la potestad del gobierno para gobernar la otorga el consentimiento de los gobernados. Es una ley injusta y hay que combatirla. O acaso estarías a favor de una ley, aprobada dentro de dos meses, que ilegalizara las camisetas de manga corta? Sería la ley, ¿no?

    Lamentablemente esta visión no se estila en la vieja Europa.

    Tampoco importa que, aunque en la propia constitución española, ese papel mojado, se comente que "se asegure el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular."

    Esta ley se ha hecho por y para un sector muy muy pequeño de profesionales de ciertos ramos muy concretos, perjudicará a muchas más personas de las que favorezca (directa e indirectamente) y de rebote, a la situación económica tanto del país como de las personas afectadas.

    -- editado por última vez a las 09:22

  • Respondiendo a #6:
  • 8

    Avatar de allvoxman !

    El juego nunca acaba Arnau, por eso se cambia sobre la marcha, y las leyes no son intocables, pero las tocan los que pueden y deben (por deseo de los votantes, claro). Si para ti no es justa (para mí no lo es, por saltarse al juez para decidir una medida cautelar) me parece bien que te quejes, pero usa argumentos válidos, porque si no estás haciendo un flaco favor a la causa. Los argumentos que has expuesto en el artículo no son válidos y lo único que he hecho ha sido explicarte por qué, valiéndome de leyes que coexisten con la nueva, no de cosas que me haya inventado (por eso decía "es la ley"). Insisto, también habría que ver detenidamente cómo y por qué hemos llegado a esto.

    Otra cosa, no vale mostrarse cínico no creyendo en el funcionamiento de la justicia y a la vez, cuando interesa, tratar de servirse de ella. Es lo mismo que decir que sus decisiones sólo son justas cuando me vienen bien (para mi bolsillo o para mis argumentos).

    Y ahora, vamos al meollo, explícame de nuevo por qué te parece injusta y cómo es eso de a cuántas personas va a "perjudicar" y por qué (con argumentos válidos).

    Gracias por el debate, dicho sea de paso.

    Un cordial saludo Arnau!

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