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Sentencias

Europa contra TVCatchup.com

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TJUE

La web británica TVCatchup.com ofrece en internet, entre otras cosas, la posibilidad de ver aquellos canales de televisión (en abierto) a los que pueden acceder, para entendernos, la gran mayoría de ciudadanos británicos desde el salón de su casa.

Los usuarios de TVCatchup.com deben garantizar que están en el Reino Unido y en posesión de una licencia de televisión. La empresa asegura que comprueba – a través del número IP – las estrictas condiciones para que sólo obtengan acceso a un contenido aquellos usuarios que ya disponen de licencia de televisión y pagan por el derecho a ver en cualquier dispositivo lo que están viendo en la web.

Pero TVCatchup.com fue demandada por algunas televisiones británicas por difundir sus emisiones, al considerar que infringía los derechos de autor sobre sus programas y películas.

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Cuando el mejor aliado de la Fiscalía se llama Google Earth

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Google Earth

Google Earth es una herramienta fundamental de la Fiscalía de Pontevedra a la hora de perseguir los delitos urbanísticos, contra la ordenación del territorio y el medio ambiente. Un constructor de la provincia fue condenado a seis meses de cárcel por un delito de desobediencia grave a la autoridad y otros seis meses por un delito contra la ordenación del territorio por haber ampliado ilegalmente su fábrica sobre terreno rústico y forestal y romper los precintos que colocó la Policía Local.

La Fiscalía probó en el juicio el delito mediante varias capturas de fotografías por satélite difundidas por Google Earth. No es una excepción. Hay muchos más casos. Tanto es así que la Fiscal delegada de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Pontevedra, Natividad Gurriarán, comentó ayer en un juicio que se fía más de Google Earth que del catastro.

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El Tribunal Supremo alemán sentencia que internet es parte esencial en la vida de una persona

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Justicia

El Tribunal Federal Alemán, con sede en Karlsruhe, ha determinado este jueves que internet es parte “esencial” de la vida de una persona en una sentencia que atiende la demanda de un usuario – el señor Bals – que no pudo usar su conexión de ADSL (ni el teléfono fijo) durante dos meses.

El usuario ya había recibido una indemnización por tener que utilizar un teléfono móvil, pero quería ser compensado por no poder usar internet. Agotó todos los recursos y el Supremo alemán le ha dado la razón. “Internet juega hoy un papel muy importante que afecta a la vida privada de un individuo en formas muy decisivas. Por lo tanto, la pérdida del uso de internet es comparable a la pérdida del uso de un vehículo”, ha explicado una portavoz del tribunal al canal de televisión alemán ARD.

La ministra de Justicia, Sabine Leutheusser-Schnarrenberger, ha “tomado nota” del veredicto para decir que la sentencia confirma que el uso de internet es un derecho civil. La liberal ha anunciado (rebajas preelectorales) que en el acuerdo de coalición con el partido de Merkel no se contemplará ningún tipo de sanción que conlleve un bloqueo de internet.

Vía | Reuters; Frankfurter Rundschau

El Constitucional avala que las empresas puedan "leer" mensajes de los trabajadores

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Pascual Sala

El Tribunal Constitucional ha desestimado, con cinco votos a favor (incluido el voto del señor de la foto, su presidente) y uno en contra, un recurso presentado por una teleoperadora que fue amonestada por sus jefes, tras descubrir que había utilizado un programa de mensajería instantánea instalado en uno de los ordenadores de la empresa para mantener “conversaciones” privadas con otra compañera de trabajo en las que se vertían comentarios críticos o insultantes en relación con compañeros de trabajo, superiores y clientes.

La empresa convocó a ambas a una reunión, a la que asistieron, además de ellas, cuatro responsables y mandos de la empresa. En dicha reunión se leyeron algunas de las conversaciones y se resumió el contenido de las restantes lo que evidencia que habían accedido y leído todos los mensajes privados de las trabajadoras, que por otra parte mantienen que las frases del resumen habían sido “sacadas de contexto”.

Una de las dos trabajadoras presentó una denuncia ante los tribunales por vulneración de los derechos a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. Los jueces de los distintos tribunales no le han dado la razón. El Tribunal Constitucional tampoco.

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Archivada la causa de la operación "pionera a nivel internacional" contra webs de enlaces P2P

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Joan Mesquida

En marzo de 2007, Joan Mesquida, entonces Director General de la Policía y de la Guardia Civil (después Secretario de Turismo y Comercio Interior, ahora renovador del PSOE) se presentaba ante los medios para informar sobre una importante operación policial que calificó de “pionera a nivel internacional”.

Una “operación antipiratería” en base a una denuncia presentada en la Brigada de Investigación Tecnológica por los de EGEDA (Enrique Cerezo), la Federación para la protección de la Propiedad Intelectual (FAP), la SGAE, PROMUSICAE, y la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (ADESE).

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Condenan a un profesor holandés por enlazar a ejercicios de libros de matemáticas

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Justicia

Un profesor de matemáticas ha perdido un juicio en Holanda por facilitar la infracción de copyright al publicar en su web una serie de enlaces a las soluciones de ejercicios de libros de matemáticas de dos editoriales (Noordhoff y Thieme Meulenhoff) que “alguien” había subido a la red.

En primera instancia un tribunal falló inicialmente que el profesor era también la persona que había subido las soluciones de los ejercicios a la red, pero el tribunal de apelación ha desestimado esta reclamación de los editores, los demandantes, por falta de pruebas.

El tribunal explica que enlazar no implica una infracción de copyright, pero la facilita y en este caso ha tenido como resultado un perjuicio para los editores. El tribunal exige al profesor que elimine los enlaces que había subido a su web (para ayudar a sus alumnos) y le condena a pagar las costas judiciales, que suman varios miles de euros.

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Anulan la condena a los ejecutivos de Google Italia por la difusión de un vídeo vejatorio

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Corte d'appello di Milano

La Corte de Apelaciones del Tribunal de Milán ha anulado la sentencia de seis meses de cárcel contra tres altos directivos de Google por la difusión de un vídeo en el que aparecían unos adolescentes que se mofaban, insultaban y golpeaban a un niño discapacitado.

El vídeo fue grabado con un teléfono móvil en un centro de formación de Turín y colgado en Google Vídeo el 8 de septiembre de 2006. La compañía recibió quejas del vídeo entre el 6 y el 7 de noviembre, y lo eliminó el mismo día 7.

Los absueltos son David Carl Drummon, ex presidente del Consejo de Administración de Google Italia y actual vicepresidente senior, George Reyes, ex miembro del Consejo de Administración de Google Italia y actualmente jubilado, y Peter Fleitcher, responsable para las estrategias de privacidad en Europa de Google.

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El Supremo anula la sentencia contra Julio Alonso por el caso SGAE=Ladrones

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Julio Alonso

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que condenó a Julio Alonso, director general de Weblogs SL, como responsable de una vulneración del derecho al honor de la Sociedad General de Autores (SGAE), por ciertos comentarios escritos por terceros en su blog.

La sentencia de julio de 2008, que fue confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid, le imponía una multa de 9.000 euros, le obligaba a publicar la sentencia en su blog, le exigía la retirada de los comentarios y el pago de las costas judiciales. La SGAE había demandado a Julio Alonso después de publicar un post titulado “SGAE=Ladrones” en el que contaba que había en marcha un Google Bombing contra la SGAE con la expresión del título del post.

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El tablón electrónico de multas de tráfico también se salta la ley

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TESTRA

La AEA (Automovilistas Europeos Asociados) denunció hace dos años la existencia de graves irregularidades en el sistema que entonces se ponía en marcha para notificar las multas de tráfico a través de la sede electrónica de la DGT.

La AEA denunció que se utilizaba el tablón de la sede electrónica de Tráfico, el TESTRA, para publicar notificaciones de expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma legislativa (24 de noviembre de 2010) que regulaba la publicación en el mismo de las sanciones que no han podido entregarse en el domicilio del interesado. Hasta entonces, la ley establecía que se publicasen en en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón municipal.

Ahora son decenas las resoluciones dictadas por distintos tribunales que están aceptando íntegramente la denuncia formulada por la organización de defensa de los automovilistas, respecto de la indebida utilización de la sede electrónica de la DGT por publicar multas anteriores al 24 de noviembre de 2010.

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La Justicia rechaza una demanda contra la difusión de la obra de Jorge Oteiza por Internet

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Oteiza

El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid ha desestimado la demanda presentada por Pilar Oteiza, sobrina y heredera del gran artista Jorge Oteiza, contra la Fundación Museo Jorge Oteiza.

La demanda fue presentada el 10 de mayo de 2011 por Pilar Oteiza, después de que la Fundación pusiera a disposición pública a partir del 31 de marzo de 2011 cerca de 44.000 registros documentales y entre ellos 9.000 documentos originales del artista a través de su sitio web www.museooteiza.org.

La sentencia considera que la Fundación ha actuado en cumplimiento de la doble voluntad del artista, que donó su obra al pueblo navarro, y, por otra, garantizando la difusión de su legado, finalidad con la que nació la Fundación y que Jorge Oteiza expresó al afirmar que si la Fundación tiene que tener algún sentido y servir de estímulo a las jóvenes generaciones artistas, tiene que ser porque promueva y apoye decididamente esta labor de investigación comparada desde el campo de la Estética.

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